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Uso de mascarillas en el gabinete

El Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, deroga la obligatoriedad del uso de mascarillas impuesto durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, pero mantiene la obligatoriedad de que trabajadores, visitantes y pacientes (salvo que permanezcan en su habitación si están ingresados) sigan utilizándolas en centros, servicios y establecimientos sanitarios.

La norma citada no es aplicable en los siguientes supuestos:

  • A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Como centro sanitario, toda persona mayor de 6 años está obligada a utilizar mascarilla en el interior de BLA BLA, así como en las zonas compartidas de nuestro gabinete.

Sólo se contempla una excepción a lo anterior:

Cuando el uso de la mascarilla durante la sesión entre el niño y el profesional que lo trata sea incompatible o contraproducente para el éxito de la intervención.

 
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