Inicio   Psicología   Protocolo frente al acoso escolar

Protocolo frente al acoso escolar

Las ventajas de contar con un protocolo de actuación contra el acoso en el centro escolar son innegables: si se trata de una falsa alarma, el protocolo se desactiva de inmediato tras la oportuna investigación. Si, por el contrario, se verifica una situación de acoso, será posible adoptar medidas urgentes para cortarla de raíz.

El artículo 124 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la Calidad Educativa, califica el acoso escolar de falta muy grave que ha de ponerse en conocimiento de la Fiscalía. La misma norma faculta a la dirección del centro escolar para que, si se acredita el acoso, actúe disciplinariamente contra quien lo comete. Nuestro Código Penal, aunque no contempla el acoso escolar como tipo penal concreto, lo considera, en función de la conducta del acosador y de la gravedad de la misma, un «delito contra la integridad moral», un «delito contra la libertad» o un «delito de lesiones». Los numerosos protocolos preparados por las administraciones educativas de las Comunidades Autónomas y los programas desarrollados internamente por los propios centros escolares, demuestran la creciente preocupación social ante una conducta que puede causar daños irreparables en la víctima y cuya erradicación solo es posible con el esfuerzo conjunto de todos: alumnos, padres, personal docente, profesional sanitario y administración.

¿Toda violencia en la escuela es acoso escolar?

El acoso escolar tiene unas características específicas que lo diferencian del comportamiento agresivo puntual, del enfrentamiento violento entre alumnos que se encuentran en situación de igualdad o de otros problemas esporádicos de convivencia: el acoso (físico o verbal) es una conducta agresiva, pero no toda conducta agresiva es acoso. Para que hablemos de acoso, deben concurrir las condiciones siguientes:

  • La conducta se produce en el ámbito escolar o en entornos vinculados con éste (aulas, patio, entradas y salidas de la escuela…).
  • El acosador tiene la intención de dañar a la víctima, es decir, existe una premeditación en su comportamiento.
  • La conducta se produce de forma repetitiva y se mantiene en el tiempo.
  • Existe un desequilibrio de poder entre acosador y acosado que se traduce en una relación de «dominio-sumisión».
  • Se produce en el seno del grupo cuyos miembros asumen, con frecuencia, una actitud pasiva ante la situación.
  • La víctima es, generalmente, un alumno en situación de vulnerabilidad o con determinadas características que lo diferencian del resto.

¿Qué aportan los protocolos?

Los protocolos contra el caso escolar elaborados por el Ministerio de Educación, son una excelente herramienta para prevenir, detectar e intervenir en casos de bullying. Para ello, adoptan un doble enfoque:

  • Proponen, en primer lugar, una batería de medidas prácticas destinadas a prevenir y sensibilizar a los alumnos de la gravedad del problema y a fomentar la convivencia constructiva en el centro escolar.
  • Complementan ese enfoque educativo con mecanismos pautados que tiene por finalidad detectar precozmente situaciones de acoso y eliminar ese tipo de conductas en sus primeros estadios, evitando su agravamiento y cronificación.

¿Quién puede poner en marcha estos protocolos?

En este post hago referencia, en concreto, al protocolo aplicado en la Comunidad de Madrid, por ser en ella en la que ejerzo mi labor profesional. Sin embargo, cada comunidad dispone de su propio protocolo, cuyo propósito es semejante.

Cualquier miembro del centro escolar (profesores, personal de comedor, cuidadores de patio) puede activar el protocolo. La secuencia de actuación será la siguiente:

  1. El testigo comunica al director, a través de los canales establecidos por el centro, los posibles indicios de acoso, aportando información preliminar sobre los hechos, los testigos, la identidad de la persona que lo notifica, etc.).
  2. El director asigna a dos docentes la misión de recopilar cuanta información sea posible, de forma inmediata y prudente, respetando en todo momento la confidencialidad de todos los afectados. Esa información se plasma en un documento de antecedentes.
  3. El director convoca una reunión (a la que asisten el jefe de estudios, el tutor del alumno presuntamente acosado, el orientador del centro, los dos profesores designados inicialmente y el profesor técnico de servicios a la comunidad). El contenido y conclusiones de la reunión se recogen en un acta.
  4. Si en el curso de la reunión se establece la existencia de acoso, se pone en marcha el plan de actuación, en el que se detalla, entre otros aspectos, qué intervención se llevará a cabo con el alumno acosado, con el alumno acosador, con los testigos, con las familias de ambas partes (acosador y víctima) y con el personal docente.
  5. El director del centro comunica a la Fiscalía de Menores (o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, si se trata de un alumno mayor de edad) la existencia del acoso y da traslado del informe correspondiente al Director del Área Territorial.

A partir de lo anterior, podemos destacar las siguientes características clave del protocolo:

    • No requiere activación por parte del propio afectado.
    • La apertura de la investigación es inmediata.
    • El proceso es discreto y confidencial.
    • Se documentan todas las actuaciones.
    • Las decisiones son colegiadas (dirección/profesores/equipo de orientación).
    • Se adoptan con urgencia medidas de intervención de amplio alcance.
    • Se comunica a los organismos educativos y judiciales competentes.

Con frecuencia, es difícil detectar el acoso escolar, porque tanta la víctima como sus compañeros lo ocultan. La primera, por vergüenza, miedo o desconocimiento sobre qué puede hacer; los segundos porque adoptan una postura de indiferencia, de «eso no va conmigo», sino de abierto apoyo al acosador. No siempre es fácil para el adulto identificar claramente una situación de acoso. Por ello, ante la duda, mi recomendación es la de activar el protocolo.

Las ventajas del procedimiento, son obvias: si se trata de una falsa alarma, el protocolo se desactiva de inmediato tras la oportuna investigación. Si, por el contrario, se verifica una situación de acoso, será posible adoptar medidas urgentes para cortarla de raíz.

Quisiera hacer hincapié en la necesidad de actuar con firmeza ante las situaciones de bullying, sin escudarnos en el «ya pasará». El tiempo per se no corrige una situación de este tipo; muy al contrario: tiende a cronificarla. El resultado es que la víctima asume su papel de víctima e incluso llega a creer que merece lo que le está pasando. En mi actividad como psicóloga y orientadora sigo encontrándome con algunos centros escolares que se muestran reacios a activar los protocolos a pesar de la recomendación de los profesionales de hacerlo cuando las pruebas y entrevistas (individuales o de grupo) revelan indicadores de riesgo. Estos centros justifican su inacción alegando la falta de habilidades sociales del niño/a o del adolescente acosado. Minimizan así la importancia del acoso y trasladan la responsabilidad a la propia víctima. Los esfuerzos en pro de la concienciación de colegios, alumnos y familias empiezan a dar sus frutos y el número de centros escolares que secundan estos esfuerzos es cada vez mayor. Pero no podemos cejar en este empeño mientras haya un solo centro que, ante la sospecha de una situación de este tipo, mire hacia otro lado confiando que el asunto se solucione por sí solo.

¿Qué hago si no obtengo respuesta del centro escolar

Como bien sabemos quienes nos dedicamos a la educación en cualquiera de sus vertientes, los daños ocasionados por el acoso escolar son graves y duraderos. Por ello, en aquellos casos en los que los padres observen señales indicativas de que su hijo o hija está sufriendo bullying y, a pesar de sus esfuerzos, entiendan que no están recibiendo el respaldo esperado por parte del centro, tienen la posibilidad de adoptar las medidas siguientes:

  1. Mantener al pediatra del niño informado de la situación y pedirle que refleje por escrito los problemas que identifica en el niño y que podrían hacer pensar en un posible caso de acoso.
  2. Solicitar cita con el centro escolar para plantear nuestros temores, aportar el informe médico así como cuanta información hayamos podido recopilar, y solicitar que se deje constancia por escrito de esa cita.
  3. Presentar ambos documentos en el servicio competente del Ministerio de Educación, en la calle Vitruvio, nº 12.

No quisiera acabar este post sin hacer una referencia al Programa TEI (Tutoría entre Iguales), cuyos excelentes resultados conozco de primera mano. Esta iniciativa se basa en el apoyo entre compañeros: los alumnos de cursos superiores, bajo la supervisión continua de un adulto –coordinador del programa– enseñan a los alumnos de menor edad a resolver conflictos interpersonales. Aquí radica la eficacia de esta iniciativa: los niños interiorizan las estrategias con mayor facilidad porque son sus iguales quienes se las explican; conviven en el mismo centro, se enfrentan a las mismas circunstancias, conocen a sus mismos compañeros y, por encima de todo, hablan el mismo idioma.

Las asociaciones de padres creadas para combatir la violencia escolar también son un excelente foro en el que compartir experiencias, conocer a otras familias que se han enfrentado a situaciones parecidas y acceder a o prestar servicios de voluntariado. Este es el caso de, por ejemplo, la asociación NACE.

Ana Alonso (Psicóloga)

 

No se admiten comentarios.

Powered by Docxpresso
¿Qué quieres saber?
💬 ¿Necesitas ayuda?
Bla-Bla
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?
Ten en cuenta que la respuesta puede no ser inmediata si nos llamas a partir de las 20:30. Te responderemos lo antes posible :-)